• En el mes de julio 2023 la conducción anterior suscribió un nuevo convenio de IOMA ACCESORIOS. El mismo fue antieconómico desde el inicio porque el precio fijo para los insumos iba a resultar deteriorado por la inflación.
  • Se solicitó actualización de insumos.
  • A partir de agosto 2023 la nueva conducción efectuó los reclamos del pago mensual del convenio y reclamos de actualización de valores. Ofrecimientos de valores de pañales, ostomía y tiras en compras globales.
  • A fines de septiembre 2023 se reunieron en el colegio los equipos técnicos del IOMA y del colegio, para avanzar con la integración tecnológica, para la dispensa de accesorios; con token para validación del afiliado y autorización digital. En diciembre 2023 se comunicó a IOMA que ya se podía comenzar, el IOMA solicitó un plazo antes de la implementación para trabajarlo con las delegaciones.
  • El IOMA envió resolución que habilita al colegio a efectuar una auditoria previa en el convenio de IOMA accesorios.
  • El colegio avanzó en un trabajo con las bases de datos del IOMA a fin de proporcionar el tablero de gestión de datos.
  • Ante la falta de respuesta para la integración tecnológica se pidió reunión con el IOMA.
  • En noviembre 2023 IOMA no efectuó el pago mensual de Accesorios.
  • A principio de diciembre 2023 se remitió una nota de reclamo con plazo perentorio para el pago, ante la falta de respuesta se envió carta documento a fin de poner en mora al IOMA.
  • Reunión con Jefatura de Gabinete y la Dirección Provincial de Prestaciones del IOMA.  Desde el instituto informaron la necesidad de cambiar el modelo en función de la drástica reducción de recursos de la provincia.
  • Se remitió nota solicitando informe como el instituto iba va a saldar la deuda, se informó todo lo que el colegio había puesto a disposición del IOMA según convenio y todo lo que se podría brindar (tablero de gestión).
  • Ante la falta de respuesta se efectuó una consulta a asesores externos, los cuales sugirieron que el colegio remitiera a IOMA una carta documento planteando:
  1. a) Exceptio de non adimpleti contractus: Es una defensa que implica que no se va a cumplir por el incumplimiento previo del otro, y que se va a sostener el incumplimiento hasta que el otro cumpla. Busca forzar el cumplimiento de la contraria. Es una actitud no rupturista, porque no rescinde por culpa de la contraria, sino que busca forzar el reencausamiento del vínculo. En la práctica sería decir: se suspende la atención hasta tanto se cumpla con los pagos atrasados, mientras se renegocia el precio por la espiralización de la inflación (el contrato se volvió antieconómico)
  2. b) Excesiva onerosidad sobreviniente: Es lo que se llama “teoría de la imprevisión”, al firmar no se pudo prever semejante escenario económico-financiero, con una inflación agravada y acelerada, que se hace aún peor por efecto de la dilatada mora.
  • Es decir, lo que es antieconómico se ve agravado por la falta de pago. Por lo que el Colegio como titular del contrato debe plantear la Exceptio de non adimpleti contractus y suspensión de la prestación hasta que se pague.
  • Además de invocar los puntos a) y b), solicitar la fijación de fecha para reunión de la Comisión de Seguimiento (cláusula IX), ámbito formal que permitiría intentar renegociar el contrato.
  • IOMA responde la CD y fija la reunión en la sede del IOMA.
  • Se llevaron a cabo dos reuniones de la comisión de seguimiento, conforme se había solicitado.
  • IOMA requiere una plataforma que permita efectuar autorización, auditoría previa y post, desvíos graves y por farmacia, desvíos por prescripción médica, historia clínica, por profesional, patología.
  • Se analizó la consolidación de la deuda hasta la prestación de enero 2024 (recetas de diciembre 2023) para el plan de pago.
  • Se analizó el nuevo modelo de prestación con participación de un operador logístico.
  • El IOMA propuso un plan de pago para la deuda.