1.- Nota dirigida al Ministerio de Salud – Dirección de Farmacia. solicitando autorización para la HABILITACIÓN/TRASLADO del laboratorio: Propiedad, Denominación, Ubicación (Calle, Número, Localidad, Partido y datos catastrales), Destino, Forma Farmacéutica a Elaborar, Formulación y Modus Operandi, Listado de Equipamiento del Laboratorio.

2.- Artículo 18 (Ley 6682) Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires. Se generará una vez cargada toda la documentación indicada en los restantes puntos.

3.- Certificado de Libre Regencia Nacional del farmacéutico/a que asume  (No es válido el inicio del trámite, sólo se acepta el Libre Regencia Nacional definitivo).

https://www.argentina.gob.ar/certificado-de-libre-regencia-yo-actuacion-profesional

4.- Certificado de domicilio real del farmacéutico cesionario (entrante), quien debe residir en la localidad de asiento de la farmacia.

https://www.gba.gob.ar/registrodelaspersonas/declaracion_jurada_de_domicilio_tramite_online

5.- Constituir domicilio legal en La Plata (NO PODRA CONSTITUIRSE DOMICILIO EN LAS OFICINAS PUBLICAS art. 24 Decreto Ley 7647/70) y domicilio electrónico a efectos de su notificación.

Como últimamente varios colegas han venido siendo pasibles de algunas objeciones por parte del Ministerio de Salud en tal sentido y a fin de evitarles eventuales complicaciones a todos los colegas, el Colegio ha contratado un servicio de oficina virtual para que los farmacéuticos utilicemos como domicilio legal en Diagonal 74 N° 1490 Piso 2 Casillero N° 76 de la ciudad de La Plata. (Nota Modelo).

6.- Constancia de CUIT/CUIL del Farmacéutico y de la razón social (Sociedad), en caso de corresponder.-

7.- Adjuntar planos del local con las medidas, distribución y denominación de todos los ambientes, de conformidad con el Petitorio Farmacéutico vigente, que incluye croquis del lugar, con la distancia a la esquina más próxima. Se debe acompañar con copia en papel. Los planos deben ser firmados por el DT farmacéutico, el propietario del local (que debe coincidir o no con el propietario del fondo de comercio) y el profesional de la construcción interviniente. La caratula del plano debe contener los datos consignados en el ANEXO I.-

8.- Título de propiedad, o fotocopia autenticada con certificación de firmas, del contrato de locación debidamente timbrado ante la ARBA.-

9.- Original o fotocopia autenticada con certificación de firmas (ante Escribano Público o Juez de Paz) del contrato de constitución de la entidad societaria, debidamente inscripto en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas

10.- Arancelamiento se deposita en Banco Provincia, cuenta en pesos N* 1696/2, Depositar en cuenta corriente fiscal del Banco de la Provincia de Buenos Aires- Casa Matriz Nro. 2000- Cta. Nº 1696/2 a nombre de “Ministerio de Salud Prov. Bs. As.- Dirección de Fiscalización  sanitaria”; o por transferencia Bancaria al CBU 01409998 01200000169625 Ministerio de Salud Prov. Bs. As. –  CUIT 3062698339-8.

11.- Timbrado fiscal

Todos los valores de timbrados, módulos y aranceles deberán ser consultados previamente  en la Dirección de Farmacia del Ministerio de Salud. Tel: (0221) 4292700  internos  82791, 82792; 82937.

https://www.gba.gob.ar/saludprovincia/tramites_y_habilitaciones