1.- Nota dirigida a la Dirección de Farmacia del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, informando que ha cambiado el nombre y/o la numeración de la calle en la que se sitúa su establecimiento.

2.- Artículo 18 ( Ley 6682 ) del Colegio de Farmacéutico de la Provincia de Buenos Aires de ambos profesionales se generará en el COLFARMA TAD  del Colegio Central cuando se sube toda la documentación indicada en el COLFARMA TAD

3.- Constancia municipal en la que se avale dicha modificación.

4.- Timbrado fiscal

Todos los valores de timbrados, módulos y aranceles deberán ser consultados previamente  en la Dirección de Farmacia del Ministerio de Salud. Tel: (0221) 4292700  internos  82791, 82792; 82937.

https://www.gba.gob.ar/saludprovincia/tramites_y_habilitaciones